MANTARAS DE RODRIGUEZ, MARIA A. s/ CONCURSO PREVENTIVO
El Síndico apeló la regulación de honorarios dispuesta en el concurso preventivo de la fallida Ulrich Lehmann. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso, argumentando que la regulación se realizó conforme a las pautas legales establecidas.
¿Quién es el actor?
Síndico (CPN Gerardo Antonio Borda Bossana).
¿A quién se demanda?
Auto regulatorio del juez de primera instancia.
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios en el concurso preventivo.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El juez de grado consideró que surgiendo de las constancias de autos y de lo manifestado por la Sindicatura que el activo ingresado ascendía a $996.573,77, correspondía estimar como suma total a distribuir entre los profesionales en concepto de honorarios: el 12% del referido activo que arroja la suma de ($119.588,85)". "Las críticas expuestas o meras discrepancias con respecto a la base regulatoria, tomada por el juez a quo con sustento en una de las hermenéuticas posibles de las normas en juego, resultan insuficientes en orden a conmover el decisorio atacado". "La aplicación por el juez del porcentaje máximo (12%) previsto por la norma del art. 267 LCQ evidencia que, contrariamente a lo sostenido por el apelante, el magistrado de grado ha procurado especial consideración sobre la labor desarrollada por el Síndico actuante".
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