GIANOTTI MONICA KARINA C/ PI INGENIERIA SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El actor demandó por incumplimiento contractual a las empresas Pi Ingeniería S.A. y Círculo de Inversores S.A., reclamando el 70% del valor de un vehículo. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, responsabilizando solidariamente a las tres empresas demandadas y admitiendo una multa por daño punitivo.
Actor: Mónica Karina Gianotti Demandado: Pi Ingeniería S.A.; Círculo de Inversores S.A.; Peugeot Citroën Argentina S.A. Objeto: Indemnización por incumplimiento contractual y daño punitivo. Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo la responsabilidad solidaria de las tres empresas y admitiendo una multa por daño punitivo de $1.000.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara resolvió que las demandadas incumplieron su obligación de notificar fehacientemente a la actora sobre las adjudicaciones y la finalización del plan de ahorro. Se determinó que la responsabilidad es solidaria, dado que las empresas forman parte de una cadena de comercialización. Se admitió la multa por daño punitivo, considerando que el incumplimiento afecta los derechos del consumidor. La indemnización se fijó a valores actuales, aplicando una tasa de interés del 6% anual desde la mora hasta la ejecución de la sentencia."
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