DE CABOTEAU FERNANDO JOSE C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Fernando José De Caboteau demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 15.008. La Cámara de Apelaciones declaró inaplicable el artículo 39 de la ley y restableció el 82% móvil de la Ley 15.514, reconociendo diferencias retroactivas.
Actor: Fernando José De Caboteau Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley 15.008 y reconocimiento de movilidad jubilatoria. Decisión: Se declaró inaplicable el artículo 39 de la Ley 15.008 y se restableció el 82% móvil de la Ley 15.514, reconociendo diferencias retroactivas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la ley 15.008 consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad (arts. 39 inc. 1, Const. pcial.; 14 bis Const. nac.)." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "Se evidencia una vulneración de los derechos constitucionales de progresividad e igualdad que asisten a la accionante (arts. 14 bis, 16 y 75 inc. 23 CN, arts. 11 y 39 inc. 3 CP)."
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