ROSA JONATAN NICOLAS S/ ABRIGO
Los padres apelaron la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 15% de sus ingresos a favor de su hijo JNR, en situación de adoptabilidad. La Cámara de Apelaciones modificó la cuota alimentaria, reduciéndola al 10% y revocando la retención directa de haberes.
Actor: JNR Demandado: AGR; MPSL Objeto: Cuota alimentaria Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia, modificando la cuota alimentaria y eliminando la retención directa de haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de lo expuesto, en función del contenido de la obligación alimentaria que deriva de la responsabilidad parental, valorando los elementos allegados a la causa, a la luz de las reglas de la sana crítica, propongo al Acuerdo reducir el porcentaje fijado en carácter de cuota por alimentos respecto del menor al 10 % de los ingresos que perciba cada uno de ellos mensualmente por la labor denunciada." "En lo que respecta a la cuantificación de la cuota debida por los progenitores a los hijos menores, no se requiere probar la necesidad, sin perjuicio de que la cuota se establecerá en relación a las posibilidades del o los obligados al pago." "En virtud de ello, la cuota fijada por la a-quo se revela un poco excesiva, atento a las circunstancias antes señaladas."
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