D., M. M. C/ A., B. A. S/CUIDADO PERSONAL DE HIJOS
El actor apeló la resolución que establecía el cuidado compartido de su hija, argumentando la imposibilidad de tal modalidad debido a la negativa de la niña a vincularse con su padre. La Cámara modificó la decisión, otorgando el cuidado personal unilateral a favor de la madre, priorizando el interés superior del menor.
Actor: D., M. M. Demandado: A., B. A. Objeto: Cuidado personal unilateral de la hija. Decisión: Se modifica la resolución apelada, otorgando el cuidado personal unilateral a favor de la madre.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia que viene apelada estableció que el cuidado personal de la niña L. A. debe ser ejercido de forma compartida... No obstante, dispuso que la niña resida de manera exclusiva con su madre... Esta decisión se fundamentó en la priorización del interés superior del menor... El temor de la niña a permanecer con su progenitor debe analizarse en el marco de un contexto familiar atravesado por situaciones de violencia... En definitiva, como señala Herrera, la reforma privilegia el cuidado compartido en la modalidad indistinta... Sin embargo, existen supuestos en que excepcionalmente el cuidado personal deba ser unilateral... En este contexto, la inacción prolongada consolida el distanciamiento."
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