E. A. E. C/ P. P. F. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor solicitó la homologación de un convenio sobre la liquidación de un bien inmueble. La Cámara de Apelación dejó sin efecto la sentencia de homologación por falta de audiencia a la parte demandada, ordenando un nuevo pronunciamiento.
Actor: Echevarría Adriana Elizabeth Demandado: Peinado Pablo Fabián Objeto: Homologación de convenio sobre liquidación de un bien inmueble. Decisión: Se dejó sin efecto la sentencia de homologación y la imposición de costas, regresando los autos a la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El proceso de homologación es por su naturaleza un sometimiento jurisdiccional voluntario... es necesario que quienes resulten involucrados en él hayan prestado -expresa o tácitamente
- su conformidad para que se proceda a la convalidación judicial aludida."
"Es notorio que se vulneró la bilateralidad necesaria del proceso que protege el bien individual... el derecho a ser oído es sinónimo de tutela judicial efectiva."
"Corresponde dejar sin efecto, por prematuros, los autos de fecha 19/6/2025 y el 27/6/2025, regresando las actuaciones a la instancia anterior para el dictado de un nuevo pronunciamiento."
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