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F, A c/ EN-M SALUD DE LA NACION-REGISTRO DEL PROGRAMA CANNABIS-LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió un amparo por mora contra el Ministerio de Salud por la falta de respuesta a su inscripción en el REPROCANN. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la competencia del Juzgado Federal de Quilmes para entender en la causa.

Amparo Mora Competencia Juzgado federal Reprocann Salud Ley 16.986 Quilmes Jurisdiccion Accion personal


¿Quién es el actor?

F.

¿A quién se demanda?

EN
- Ministerio de Salud de la Nación.
- Objeto de la demanda: Inscripción en el REPROCANN.
- Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado Federal de Quilmes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 4° de la ley 16.986 asigna la competencia territorial al tribunal del lugar en el que el acto se exteriorizara o pudiera tener efecto." "El domicilio del amparista se encontraba ubicado en la localidad de Quilmes, por lo que corresponde asignar la competencia territorial al Juzgado Federal de Quilmes." "El lugar de cumplimiento principal de la obligación se debe identificar con el del domicilio de la accionante."

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