DIEZ HECTOR SANTIAGO S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
El síndico Eduardo Horacio Gilberto apeló la sanción de apercibimiento impuesta por el juez de primera instancia por su inacción en la quiebra de Héctor Santiago Diez. La Cámara modificó la resolución, sustituyendo la sanción por un llamado de atención, considerando que la inacción no fue suficientemente grave.
¿Quién es el actor?
Héctor Santiago Diez
¿A quién se demanda?
Eduardo Horacio Gilberto
- Objeto de la demanda: Impugnación de la sanción de apercibimiento impuesta al síndico por inacción en la tramitación de la quiebra.
- Decisión del tribunal: Se modifica la sanción de apercibimiento y se le impone un llamado de atención al síndico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La rehabilitación de las personas físicas o humanas no requiere resolución judicial, ya que se produce al año de la sentencia de quiebra de pleno derecho (art. 236, L.C.)." "Las sanciones deben ajustarse a los antecedentes concretos del caso, a la actuación que le hubiere cabido, a su conducta, a la gravedad del hecho imputado y a la razonabilidad." "Considero procedente modificar la sanción impuesta en la instancia de origen y disponer en su lugar un llamado de atención al síndico."
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