ACOSTA ALDO NORBERTO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho al reajuste de haberes y modificando la metodología de cálculo de intereses.
Actor: Aldo Norberto Acosta Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y cuestionamiento de la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008. Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho al reajuste de haberes y modificando la metodología de cálculo de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "Se mandó calcular las retroactividades a valores actuales, adicionando los intereses calculados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual."
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