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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ REYNA MARCELO ABEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución tributaria contra Marcelo Abel Reyna por Impuesto Inmobiliario Complementario. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la inconstitucionalidad de ciertos artículos del Código Civil y Comercial.

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Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Marcelo Abel Reyna Objeto: Ejecución tributaria por Impuesto Inmobiliario Complementario por períodos de 2015 a 2019. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la inconstitucionalidad de los arts. 2532 y 2560 del CCyC y se declaró la inconstitucionalidad del art. 159 del Código Fiscal para períodos anteriores al nuevo CCyC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Juez de grado, para rechazar la prescripción de los períodos 2016-2019, invocó correctamente los arts. 2532 y 2560 del CCyC. Sin embargo, para interpretar su alcance, se fundó en el voto minoritario del Dr. Soria en la causa A. 71.388, concluyendo que dicha normativa validaba toda la regulación local, incluyendo el plazo (art. 157 C.F.) y el cómputo de inicio (art. 159 C.F.)." "El recurso del demandado (que pretendía un plazo de 2 años) debe ser rechazado, y la sentencia de grado (que rechazó la prescripción para los períodos 2016-2019) debe ser confirmada, aunque por los fundamentos aquí expuestos." "Las costas de Alzada, por tanto, deben imponérsele (art. 68 CPCC)."

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