------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE RÉGIMEN
El Defensor Oficial apeló la denegatoria de salidas transitorias y cambio de régimen para A M A. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la decisión del juez de primera instancia, argumentando que la prohibición se ajusta a derecho por la naturaleza de los delitos cometidos.
Actor: Defensor Oficial, Dr. Pablo Prati Demandado: A M A Objeto: Incorporación al régimen abierto y acceso a salidas transitorias Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la denegatoria de salidas transitorias y cambio de régimen
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El decisorio impugnado se halla ajustado a derecho, a tenor de las particularidades del asunto en tratamiento y de conformidad a las normativas que regulan la procedencia del régimen de salidas transitorias."
"Estando condenado el causante de autos por ilícitos comprendidos en las precitadas normas prohibitivas, se erige -ahora
- en óbice legal para la concesión de la solicitud bajo examen."
"La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional, de manera que debe ser considerada como la 'última ratio' del orden jurídico."
"La vigencia de las normas en cuestión no obsta a la resocialización del condenado, toda vez que del art. 1 de la ley 24.660 surge que 'La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender, y respetar la ley...'"
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