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MARTINEZ PRADO DANIEL HUGO C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Dr. MARTINEZ PRADO DANIEL HUGO promovió un incidente para la fijación de honorarios por su actuación profesional ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 1 de San Isidro reguló los honorarios a su favor y de su colega, imponiendo las costas a la demandada.

Incidente Honorarios Comision medica Aseguradora Ley 27.348 Ley 14.697 Patrocinio letrado Costas Regulacion de honorarios Derecho laboral


¿Quién es el actor?

MARTINEZ PRADO DANIEL HUGO

¿A quién se demanda?

OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de honorarios por actuación profesional en un procedimiento administrativo.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios a favor del Dr. MARTINEZ PRADO y del Dr. PEREZ BERTANA, imponiendo las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La actuación del abogado siempre es oficiosa, pues sin él no existe la posibilidad de que el trabajador pueda transitar la vía administrativa." "La inoficiosidad no se presenta frente a actos que requieren patrocinio letrado (control técnico-jurídico), en pos de asegurar una debida defensa de los derechos de los damnificados." "La ley arancelaria local 14.697 resulta ser la norma de aplicación a los fines de regular los honorarios profesionales del accionante."

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