S. L. R. J. C/ JARDIN Y COLEGIO ARCO IRIS E INDEPENDENCIA DEL PILAR SRL S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente escolar que afectó a su hija menor. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, incrementando los montos por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Actor: R. J. S. L. (en representación de su hija menor A. C. S.) Demandado: Jardín y Colegio Arco Iris e Independencia de Pilar SRL; Compañía de Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima Objeto: Daños y perjuicios por lesiones sufridas por la menor en un accidente escolar. Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, incrementando las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente a $3.800.000 y por daño moral a $4.000.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El monto estimado al promover la acción no opera como tope ni impide tasar el valor de la condena de conformidad con la realidad económica al tiempo de la sentencia apelada." "La incapacidad sobreviniente de carácter permanente debe ser indemnizada (art. 1746 del CCyCN)." "El daño moral ha sido definido como el menoscabo o lesión a intereses no patrimoniales provocado por el suceso dañoso." "La existencia de las lesiones físicas de verosímil relación causal con el accidente determina la existencia de un perjuicio no económico cierto causado por el menoscabo a la integridad psicofísica de la persona."
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