INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS A DETERMINAR, NN SOBRE 172 - ESTAFA
El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 51 se declararon incompetentes en un caso de estafa. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 51 debe entender en la causa.
¿Quién es el actor?
Víctima de estafa.
¿A quién se demanda?
No se menciona un demandado específico.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa de estafa.
- Decisión del tribunal: El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 51 debe entender en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Fiscal General Adjunto... opinó que correspondía declarar la competencia de la justicia nacional por cuanto, a su criterio, los hechos debían subsumirse prima facie en la figura de estafa (art. 172, CP)." "De esa manera, dio acceso al autor a la realización de las transferencias desconocidas que concluyeron en un perjuicio patrimonial." "El uso del logo atribuido a la entidad bancaria en las circunstancias del caso no era susceptible de configurar una afectación al bien jurídico tutelado por la ley 22.326 que determinara la intervención del fuero de excepción."
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