INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS ZRAJ SOBRE 149BIS 2°PARR - AMENAZAS COACTIVAS
El incidente de incompetencia se originó en una denuncia por amenazas coactivas en un contexto de violencia de género. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23 es competente para entender en la causa.
¿Quién es el actor?
La damnificada.
¿A quién se demanda?
Su pareja.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia judicial en un caso de amenazas coactivas.
- Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Haciendo primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente que atienda al grado de conocimiento e intervención desplegado por los órganos locales y a la estrecha conexión existente entre los hechos cometidos en un contexto de violencia de género, doméstica o intrafamiliar —que aconseja su juzgamiento conjunto—, corresponde mantener la intervención del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 23." "La calificación legal que en definitiva puedan recibir los hechos investigados no obsta a lo afirmado precedentemente." La jueza Ruiz y el juez Lozano coincidieron en la competencia del juzgado local.
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