PALIK ALFREDO JUAN C/AUTOMOTORES SAN JUAN S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM.C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) (99)
El codemandado solicitó aclaratoria sobre la sentencia definitiva del 4 de febrero de 2026. La Cámara desestimó la aclaratoria por ser improcedente, fundamentando que excede el alcance previsto por el Código Procesal.
Actor: Palik Alfredo Juan Demandado: Automotores San Juan S.A.; Alejandra Lidia Arrigo Objeto: Aclaratoria sobre la sentencia definitiva Decisión: Se desestima la aclaratoria presentada por la codemandada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento que la pieza en examen excede el alcance previsto en el artículo 166, inc.2º, del Código de rito... resultando manifiestamente improcedente la aclaratoria pretendida, corresponde disponer su desestimación." "En el Acuerdo que antecede ha quedado establecido que debe rechazarse la aclaratoria intentada por la parte actora (arts. 166 inc. 2 y 267 del Código Procesal)."
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