Incidente Nº 9 - IMPUTADO: SCOFANO, DAMIÁN ALEJANDRO Y OTROS s/Audiencia de plazo de medida de coerción o cautelar (art. 223, 8vo. Párr, CPPF)
Se solicitó la prórroga de las medidas de coerción personal para los imputados Damián Scofano, Migueas Golubenko, Candela Pérez López y Sofía Marino. El juez de garantía accedió a la prórroga hasta el 1 de abril de 2026, considerando que no hubo oposición a lo acordado.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Damián Alejandro Scofano, Migueas Iván Golubenko, Candela Azul Pérez López y Sofía Marino Tamagno Objeto: Prórroga de medidas de coerción personal Decisión: Se prorrogan las medidas de coerción hasta el 1 de abril de 2026
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la ausencia de contradictorio priva al órgano judicial a tener que ingresar a analizar el fondo del caso." "resulta razonable si tenemos en cuenta que la propia fiscalía señaló que en el marco de una eventual condena, la misma quedaría en suspenso." "las medidas... no resultan desproporcionadas."
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