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D., A. C. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA 19690 (IPP 03-02-000563-25) UFIJ 3 (JEP 20350)

El demandante solicitó la libertad asistida en el marco de su condena por tenencia de estupefacientes. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de primera instancia de no otorgar el beneficio, fundamentando en la falta de reflexión del condenado sobre sus acciones.

Recurso de apelacion Libertad asistida Tenencia de estupefacientes Principio de resocializacion Informe criminologico Negacion de responsabilidad Autocontrol Jurisdiccion penal Derechos del condenado Evaluacion psicologica

Actor: DEFENSORA OFICIAL DRA. VERÓNICA OLINDI HUESPI Demandado: DINAPOLI ALEXIS CARLOS Objeto: Libertad asistida Decisión: Se confirma la negativa a otorgar la libertad asistida

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El juez a quo ha sujetado su decisión a la opinión negativa del Servicio Penitenciario... sin analizar ni efectuar crítica alguna respecto de cada uno de los argumentos que se consideraran como elementos obstativos para la inclusión del condenado en el régimen de la progresividad rechazado." "El informe psicológico... manifiesta... que se ubica subjetivamente en una posición de negación de responsabilidad penal... no logrando el penado un proceso de reflexión en relación a sus acciones transgresoras." "Se considera que el mismo transite por etapas de mayor autocontrol y autogestión... a fin de abordar las problemáticas señaladas supra." "Se confirma la resolución atacada en cuanto dispuso: 'NO HACER LUGAR al beneficio de la LIBERTAD ASISTIDA'."

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