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A., D. D. S/INCIDENTE DE LIBERTAD ASITIDA EN CAUSA N° 18376 IPP 03-04-000527-23/00 UFIJ N° 8 (JEP-20347)

El penado Darío Damián Ávalos solicitó la Libertad Asistida, argumentando su conducta ejemplar y el cumplimiento de requisitos. La Cámara de Apelaciones en lo Penal rechazó el pedido, fundamentando que no se cumplían las condiciones necesarias para su reinserción social.

Incidente Libertad asistida Reincersion social Informe criminologico Conducta ejemplar Denegacion Sanciones disciplinarias Pronostico reinsertivo Derecho penal Juez de ejecucion

Actor: Dr. Jorge Mario Luquet (Defensor particular) Demandado: Darío Damián Ávalos Objeto: Concesión de Libertad Asistida Decisión: Se confirma la denegación de la Libertad Asistida

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Carcelaria nro. 6 de Dolores se expidió por la INVIABILIDAD de incluir al nombrado en el beneficio de Libertad Asistida... las sanciones disciplinarias que fueron impuestas al interno, contando con pésima conducta y concepto regular, impiden arribar a un pronóstico reinsertivo favorable por el momento." "No encuentro contradicción o falta de razonabilidad alguna en el informe en cuestión, habiéndose hecho alusión tanto a variables positivas, como también negativas..." "Por todas las razones mencionadas, sostengo que el penado no se encuentra en condiciones de acceder a la libertad en trato."

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