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ASOCIACION DE PRODUCTORES UNION NORTE c/ AFIP s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Asociación de Productores Unión Norte apeló la resolución de la AFIP que denegó su certificado de exención en el impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la actividad de la asociación se enmarca en el bien público.

Recurso de apelacion Exencion impositiva Asociacion civil Bien publico Impuesto a las ganancias Afip Actividad lucrativa Sanidad animal Jurisprudencia Costas


¿Quién es el actor?

Asociación de Productores Unión Norte

¿A quién se demanda?

AFIP
- Objeto de la demanda: Certificado de exención en el impuesto a las ganancias
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de la asociación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La actividad desarrollada por la Asociación actora se encuentra enmarcada dentro del objeto social y de lo dispuesto en el art. 3 del Estatuto Social, siendo una actividad que le permite la consecución del mismo, lo cual permite confirmar la sentencia recurrida en lo que refiere al fondo de la cuestión." "La norma es clara, todas las ganancias obtenidas por asociaciones civiles están en principio exentas, siempre que se destinen a la consecución del objeto social." "La realización de una actividad lucrativa por parte del ente no importa la pérdida per se del carácter de asociación sin fines de lucro, siempre que el producto de dicha actividad se destine al patrimonio social."

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