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BUSTOS, TOMAS DANIEL s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

El Juzgado Federal de Santa Rosa resolvió la inhabilitación de Tomás Daniel Bustos para el ejercicio de sus derechos electorales. La decisión se basa en la condena a seis años de prisión efectiva, estableciendo la inhabilitación hasta el 3 de agosto de 2031.

Inhabilitacion Derechos electorales Condena penal Subregistro electoral Juzgado federal Ejecucion de pena Exclusion Cen Procedimiento administrativo Electores inhabilitados

Actor: No se menciona un actor específico, se trata de un procedimiento administrativo. Demandado: Tomás Daniel Bustos. Objeto: Inhabilitación para el ejercicio de derechos electorales. Decisión: Se inhabilita a Bustos hasta el 3 de agosto de 2031.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 03 de agosto de 2031." "RESUELVO: 1°) INHABILITAR a BUSTOS TOMAS DANIEL... para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 03/08/2031."

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