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GREVE CARDENAS, FEDRA SABRINA c/ OSDE s/SUMARISIMO DE SALUD

La demandada solicitó la caducidad de instancia en el proceso sumarísimo de salud. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la caducidad, argumentando la inactividad de la parte actora.

Caducidad de instancia Sumarisimo Salud Inactividad Proceso civil Articulo 310 c.p.c.c. Parte actora Costas Juzgado federal Resolucion judicial


¿Quién es el actor?

F S G

¿A quién se demanda?

OSDE
- Objeto de la demanda: Proceso sumarísimo de salud.
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El impulso del proceso corresponde a la parte actora, es decir, a quien lo ha iniciado, de manera que su actividad es ineludible a los efectos del mantenimiento de la instancia." Además, se señala que "el plazo de caducidad debe computarse desde la última petición de las partes o resolución o actuación del juez que tenga por efecto impulsar el procedimiento." Se concluye que "ha transcurrido el plazo de tres meses previsto por el art. 310 inc. 2 del C.P.C.C."

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