L Y T C/ M L A S/ ALIMENTOS
La actora solicitó la modificación de la cuota de alimentos provisorios fijada para su hijo. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la cuota, estableciéndola en un 120% de la Canasta Básica Total, considerando las necesidades del joven.
Actor: L., Y. T. Demandado: M., L. A. S. Objeto: Modificación de la cuota de alimentos provisorios. Decisión: Se modifica la cuota de alimentos provisorios, estableciéndola en un 120% de la Canasta Básica Total.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La fijación de esta cuota obedece a una necesidad inmediata para la supervivencia que no tolera el trámite de todo el proceso por los cánones corrientes." "Entiendo que resulta acorde a su edad que se modifique aquel valor de referencia por el de la Canasta Básica Total (CBT) publicada por el INDEC." "Por lo que, se propone que la persona con derecho a los alimentos no sufra necesidades por la tardanza o mala voluntad del obligado."
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