CONS COMPLEJO HABITAC TORRE 1 SECTOR A. C/ LUCENA DIANA ELIZABETH. S/ COBRO EJECUTIVO .
El Consorcio Habitacional promovió un recurso de apelación contra la decisión que morigeró los intereses punitorios en un cobro ejecutivo. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia, manteniendo la tasa de interés del 0,5% diario y acumulativo, considerando que no era desproporcionada.
Actor: Consorcio Complejo Habitacional Torre 1 Sector A Demandado: Diana Elizabeth Lucena Objeto: Cobro ejecutivo de expensas y liquidación de intereses punitorios. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, manteniendo la tasa de interés del Reglamento de Copropiedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El 771 CCyC establece que: 'Los jueces pueden reducir los intereses cuando la tasa fijada o el resultado que provoque la capitalización de intereses excede, sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares...'. En este caso, la tasa pactada del 180% anual no resulta desproporcionada o manifiestamente excesiva y, por ende, no debe ser objeto de reducción judicial...". "En materia de expensas comunes no es admisible aplicar las mismas pautas que regulan los intereses respecto de otro tipo de crédito, pues la vida del consorcio de propiedad horizontal exige el pago puntual y exacto de aquéllas...".
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