HOSPITAL DR JOSE MARIA CULLEN c/ COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A. s/ SENTENCIAS JUICIOS ORDINARIOS (INCIDENTE)
El Hospital Dr. José María Cullen interpuso un incidente de apelación contra la decisión que denegó la acumulación de pretensiones en medidas preparatorias. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial revocó la decisión, permitiendo la acumulación por razones de economía procesal.
¿Quién es el actor?
Hospital Dr. José María Cullen
¿A quién se demanda?
Cía. de Seguros La Mercantil Andina S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de gastos sanatoriales derivados de la atención a pacientes en accidentes de tránsito.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación, revocando la decisión de primera instancia que ordenaba tramitar las medidas por separado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acumulación objetiva de pretensiones es la reunión, originaria o sucesiva, de distintas pretensiones que un sujeto tiene contemporáneamente frente a otro, realizada con la finalidad de que sean sustanciadas en un único procedimiento y decididas en la misma sentencia, para obtener con ello una mayor economía y celeridad procesales." "La viabilidad de la acumulación objetiva de pretensiones está expresamente permitida por el artículo 133 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, el cual faculta al actor a 'acumular todas las pretensiones que tuviere contra una persona, siempre que no sean excluyentes y sigan el mismo trámite'..." "La resolución de primera instancia, al ordenar la iniciar por separado de cada pretensión, desconoce el principio de economía procesal y la expresa autorización legal, debiendo ser revocada."
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