MARTINI, FERNANDO JAVIER c/ OSOCNA Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones médico-asistenciales.
¿Quién es el actor?
F. J. M.
- Demandados: OSOCNA y otro
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social y tratamientos médicos tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena a las demandadas mantener la afiliación y prestaciones médico-asistenciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Corresponde el mantenimiento de la afiliación de la parte actora en el plan invocado como beneficiario de los servicios de salud prestados por la empresa prestataria efectiva."
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