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CARRIZO FIERRO JOSE FERNANDO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (I.P.S.) S/PRETENSION ANULATORIA - PREVISION

El actor promovió demanda anulatoria contra resoluciones del Instituto de Previsión Social que limitaban el reconocimiento de su jubilación. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho al pago de diferencias retroactivas desde 2008.

Recurso de apelacion Anulacion Jubilacion Retroactividad Instituto de prevision social Ley 8320 Derechos previsionales Intereses Costas Criterio jurisprudencial

Actor: José Fernando Carrizo Fierro Demandado: Instituto de Previsión Social (I.P.S.) Objeto: Anulación de resoluciones que limitan el reconocimiento de su jubilación y pago de diferencias retroactivas. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Negar el pago de las retroactividades de los haberes devengados no prescriptos resulta una conducta arbitraria y contraria al ordenamiento jurídico... la norma citada otorga un derecho cuya operatividad no se puede soslayar." "El régimen de la ley 8320... preceptúa en el artículo 6 que: 'El haber de la jubilación será del 82% móvil...'" "La interpretación de normas previsionales que conceden prestaciones excepcionales debe dilucidarse con un criterio estricto y riguroso... sin sustento fáctico comprobado que justifique aplicar el artículo 7 de la ley."

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