RIVAS AZUCENA NELLY C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Azucena Nelly Rivas promovió demanda contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley 15.008. La Cámara de Apelación confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta.
Actor: Azucena Nelly Rivas Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y reconocimiento del derecho a percibir pensión conforme a la variación del salario del personal activo. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y reconociendo el derecho a que los haberes previsionales se liquiden conforme al método anterior a la ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la ley 15.008 consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad (arts. 39 inc. 1, Const. pcial.; 14 bis Const. nac.)." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "Se advierte que el artículo 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional."
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