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GONZALEZ TERESA DEL CARMEN C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Teresa del Carmen González demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 15.008. La Cámara de Apelación declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley y modificó la sentencia para ajustar los haberes previsionales a la normativa anterior.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Ley 15.008 Derechos adquiridos Caja de jubilaciones Proporcionalidad Seguridad social Retroactividad Intereses

Actor: Teresa del Carmen González Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley 15.008 y reconocimiento de derechos a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y se reconoce el derecho de la actora a calcular su movilidad jubilatoria conforme a la normativa anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 41 de la ley 15.008 consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad (arts. 39 inc. 1, Const. pcial.; 14 bis Const. nac.)." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "La citada disposición de la Ley 15.008, al consagrar un sistema regresivo, vulnera la garantía constitucional del derecho a la seguridad social (arts. 39.3 y 40, Constitución Provincial y 14 bis, Constitución Nacional)."

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