ROMAN MARIA FERNANDA C/ AGUAS BONAERENSES S.A S/ MATERIA A CATEGORIZAR
María Fernanda Román promovió demanda declarativa de prescripción liberatoria de deuda por servicios de agua y desagües. El Tribunal declaró prescripta la deuda correspondiente a los períodos de septiembre de 2014 a octubre de 2022, imponiendo las costas en el orden causado.
Actor: María Fernanda Román Demandado: Aguas Bonaerenses S.A. Objeto: Declaración de prescripción liberatoria de deuda por servicios de agua y desagües. Decisión: Se declaró prescripta la deuda correspondiente a los períodos de septiembre de 2014 a octubre de 2022.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prescripción es un instituto de orden público que responde a la necesidad social de no mantener pendientes las relaciones jurídicas indefinidamente... El artículo 2562 reza que 'prescriben a los dos años: (...) c) el reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos más cortos (...)'. Por ello, conforme la normativa antes mencionada, el mismo se encuentra prescripto, por lo que corresponde hacer lugar a la demanda instaurada (art. 2562 inc. c C.C.C.N.)." "Para que quepa reputar oportuno a un allanamiento, a los fines de quedar exonerado de los gastos causídicos, debe ser efectuado en un momento tal que no ocasione un dispendio de actividad por parte del actor o del Tribunal... Por ello entiendo que las costas deben ser impuestas en el orden causado."
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