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PEREYRA ANA KARINA Y OTRO/A C/CALLA MARCELO SALVADOR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Las demandantes promovieron acción por daños y perjuicios tras un accidente de colectivo. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que el accidente fue causado por un tercero ajeno a la relación contractual.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Contrato de transporte Relacion de consumo Exoneracion de responsabilidad Carga probatoria Accidente de transito Tercero ajeno Ley 24.240 Jurisprudencia

Actor: Ana Karina Pereyra y María Elisa Chetti Demandado: Marcelo Salvador Calla, Expreso Esteban Echeverría S.R.L, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de colectivo Decisión: Se rechazó la demanda por falta de responsabilidad de los demandados

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El daño ocasionado a la persona del viajero durante el transporte establece a favor de la víctima una doble presunción: a) la de causalidad, en cuanto queda inferido 'prima facie' que el daño sufrido tuvo conexión adecuada con el transporte y, b) consecuentemente, de responsabilidad de la empresa en la producción del perjuicio." "En conclusión, de la prueba válidamente incorporada surge acreditado que el evento dañoso tuvo su causa eficiente en la maniobra imprudente de un tercero ajeno a la relación contractual, esto es, el conductor del camión que se cruzó intempestivamente en la línea de circulación del colectivo." "Por ello, aun cuando se tenga por probado el vínculo contractual y la ocurrencia del hecho, la acción resarcitoria no puede prosperar, correspondiendo el rechazo de la pretensión."

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