SOCIEDAD DE FOMENTO LA CUMBRE Y BIBLIOTECA POPULAR MORAL Y LUCES C/ JALIL ANA MARIA S/ ACCION DE DESPOJO
Se interpuso un recurso de apelación por la acción de despojo y daños y perjuicios. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de despojo y desestimó el reclamo de daños de la apelante.
Actor: Sociedad de Fomento La Cumbre y Biblioteca Popular Moral y Luces Demandado: Ana María Beatriz Jalil; Mirta Graciela Fernández; Carlos Mario Martínez; Jorge Delfor Falcone Objeto: Restitución de la posesión de un inmueble y daños y perjuicios Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de despojo y desestimó el reclamo de daños.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de despojo tiene por finalidad recuperar la posesión o la tenencia de la cosa perdida a causa de un desapoderamiento, y puede ser intentada por todo tenedor o poseedor, aún vicioso." "La sentencia que hace lugar a la demanda por acción de despojo debe ordenar la restitución de la cosa; la que, lógicamente, sólo corresponde disponer respecto de quien la ha reclamado." "La legitimación procesal estará dada por la calidad de tenedor o poseedor de quien intente la acción, y ello había sido cuestionado por la Sra. Jalil en su contestación de demanda."
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