G., M. A. S/INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA N° 19932 (IPP 03-04-002535-25/00) UFIJ N° 8 (20013 - JEP)
Se interpone un incidente de libertad asistida en favor de Marcos Gallardo, quien busca acceder a este beneficio. La Cámara de Apelaciones confirma la denegación de la libertad asistida, argumentando la insuficiencia de información y la necesidad de supervisión.
¿Quién es el actor?
Defensa Oficial Dra. Verónica Olindi Huespi
¿A quién se demanda?
Gallardo, Marcos Alejandro
- Objeto de la demanda: Acceso a la libertad asistida
- Decisión del tribunal: Se confirma la denegación de la libertad asistida y se concede el régimen abierto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Juzgado de Garantías Nº6 Departamental, en fecha 20 de agosto del 2025, dictó sentencia en la que se condenó a Gallardo por Hurto Agravado, a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. La exigencia temporal no ha sido motivo de cuestionamiento. Aún así, no se encuentra en condiciones de acceder al beneficio. El informe técnico criminológico sugiere la viabilidad de otorgar el beneficio, pero se advierten aspectos desfavorables que obstan a la concesión de la libertad asistida. La libertad asistida implica el egreso anticipado del interno, pero requiere un conocimiento acabado del medio donde cumplirá el resto de la sanción, lo cual no se tiene en este caso."
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