TONATTO CLAUDIO VICTORIO C/ TELEFÓNICA DE ARGENTINA SA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El actor apeló una resolución que declaró la nulidad de la notificación de la demanda por considerarla extemporánea. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el recurso no cumplió con los requisitos formales establecidos.
Actor: CLAUDIO VICTORIO TONATTO Demandado: TELEFÓNICA DE ARGENTINA SA Objeto: Nulidad de la notificación de la demanda por considerarla extemporánea. Decisión: Se declaró desiertos ciertos puntos del recurso y se confirmó la resolución de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los puntos individualizados en el memorial de fecha 21/08/2025 como 3, 6, 7 y 8 deben declararse desiertos, pues los ítems mencionados no cumplen con la carga que impone el art. 260 del CPCC." "El Magistrado de origen efectuó un estudio pormenorizado de los elementos probatorios que ofreciera el accionado a los fines de acreditar la modificación del domicilio de la empresa original con la nueva firma." "Se debe estarse a la literalidad del precepto y contar los cinco días desde el conocimiento del acto que padece de irregularidad y no de la probable conjetura genérica de que el proceso está viciado."
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