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VILLA GONZALEZ, NICOLAS SILVESTRE c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

Nicolás Silvestre Villa González interpuso acción de amparo contra OSDE por la cobertura de tratamiento psicopedagógico para su hijo. El Juzgado Federal de Salta hizo lugar a la acción, ordenando la autorización de las sesiones y el reintegro de los gastos ya abonados.

Amparo Salud Psicopedagogia Osde Derecho a la educacion Tratamiento Reintegro Ninos Ley 27.306 Prestaciones


¿Quién es el actor?

Nicolás Silvestre Villa González

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Cobertura integral del tratamiento psicopedagógico para su hijo y reintegro de prestaciones abonadas.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE la autorización de las sesiones y el reintegro de los gastos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho." "La existencia de otras vías procesales no es postulable en abstracto, sino que depende
- en cada caso
- de la situación concreta de cada demandante." "La solución contraria importaría admitir que, no obstante el derecho que podría asistirle, el actor debería ocurrir a un nuevo juicio para recuperar el dinero abonado."

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