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MACHADO, GABRIEL Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) s/AMPARO LEY 16.986

Gabriel Machado y Adriana Denoni promovieron acción de amparo contra OSECAC para obtener la cobertura del 100% de la reparación de una silla de ruedas. El Juzgado Federal de Victoria declaró abstracto el pronunciamiento, ya que la obra social autorizó la prestación solicitada.

Amparo Salud Obra social Silla de ruedas Reparacion Derecho a la salud Autorizacion Interes juridico Procedimiento administrativo Ley 16.986


¿Quién es el actor?

Gabriel Machado y Adriana Denoni

¿A quién se demanda?

Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
- Objeto de la demanda: Cobertura del 100% de la reparación de una silla de ruedas postural neurológica.
- Decisión del tribunal: Se declara abstracto el pronunciamiento respecto de la prestación solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La autorización emitida se corresponde con el objeto planteado, lo que importa tener por extinguido el interés jurídico en el dictado de una sentencia que dirima la litis." "La circunstancia que generó el requerimiento de un pronunciamiento judicial ya no existe, es decir, que el interés concreto y actual que impulsó a la actora a iniciar el presente proceso feneció." "Declarar abstracta una pretensión importa tener por extinguido el interés jurídico en el dictado de una sentencia que dirima la litis."

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