Logo

SERLYM S.R.L. s/QUIEBRA

La apelación se interpuso contra la regulación de honorarios en un proceso de quiebra. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la regulación de honorarios, ajustando los montos a los mínimos establecidos por la ley.

Quiebra Honorarios Regulacion Ley de concursos Retribucion Sindico Abogados Proporcionalidad Activo Justicia


¿Quién es el actor?

Serlym S.R.L.

¿A quién se demanda?

No aplica (proceso de quiebra).
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en el proceso de quiebra.
- Decisión del tribunal: Se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes, ajustándolos a los mínimos legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe puntualizar, de modo preliminar, que -como regla
- en el ámbito de un proceso falencial no es posible prescindir, al determinar la cuantía de los honorarios, de la pauta mínima que la legislación ha fijado con el claro fin de asegurar una retribución justa a los letrados y funcionarios de la quiebra liquidativa." "Por todo lo expuesto hasta aquí, corresponde regular los honorarios de los profesionales intervinientes en autos según los siguientes términos: [...] elévase el honorario a $ 2.300.000 (pesos dos millones trescientos mil) para la ex síndico, Diana Inés Panitch [...]" "El suscripto considera que, en el caso, la retribución mínima establecida por el legislador en el art. 267 de la LCQ, equivalente a tres sueldos de secretario de primera instancia, supera el 12% del activo realizado, previsto como tope remuneratorio."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar