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GALLARDO PEDRO PABLO Y OTRO c/ ARMADA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, Pedro Pablo Gallardo y Guido Jorge Cepeda, demandaron a la Armada Argentina para que se reconozcan sus incapacidades laborales derivadas de actos de servicio. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 7 hizo lugar a la demanda, ordenando el pago de indemnizaciones y subsidios correspondientes.

Incidente Seguridad social Indemnizacion Subsidio Personal militar Ley 19.101 Ley 22.674 Ley 24.310 Conflicto belico Retroactividad


¿Quién es el actor?

Pedro Pablo Gallardo y Guido Jorge Cepeda

¿A quién se demanda?

Armada Argentina
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de incapacidades laborales y pago de indemnizaciones y subsidios.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando el pago de los beneficios solicitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión a dilucidar en autos consiste en determinar si le corresponde a los actores los beneficios: 'Pensión Graciable y Vitalicia de la Ley 24.310', el 'Subsidio Extraordinario de la Ley 22.674' y el establecido en el art. 76, apartado 3, inciso c) o 78 de la ley nro. 19.101." "Corresponde hacer lugar a la petición y ordenar se les otorgue el subsidio extraordinario previsto por la ley 22.674 con retroactividad al 2 de abril de 1982 a Cepeda y a Gallardo los retroactivos desde dicha fecha hasta que comenzó a percibir el beneficio." "Hacer lugar a la demanda interpuesta por GALLARDO PEDRO PABLO Y CEPEDA GUIDO JORGE contra el ESTADO NACIONAL – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA ARGENTINA."

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