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ALFONSO, MARIELA FERNANDA c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) s/AMPARO LEY 16.986

La parte actora interpuso un recurso de apelación contra la regulación de honorarios y la decisión de amparo sobre la cobertura de un sistema de comunicación para su hijo. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia y elevó los honorarios del abogado de la actora.

Amparo Salud Discapacidad Comunicacion Honorarios Cobertura Ley 24901 Pmo Interes superior del nino Recursos de apelacion

Actor: M. F. A. Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) Objeto: Cobertura del Sistema de Comunicación Visual Irisbond Oskol para un menor con discapacidad. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena la cobertura y se elevan los honorarios del abogado de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la salud es uno de los modos de protección de la vida, ya que es imprescindible para el ejercicio de la autonomía o libertad personal." "La Ley 24901 cubre un espectro amplio de prestaciones, orientada a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad." "El PMO contiene coberturas mínimas y no máximas, debiendo extremarse los servicios de salud para garantizar los derechos constitucionales vulnerados."

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