HEREDEROS DE DOMINGO BERNARDO AISPURU C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIO Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS
Los herederos de Domingo Bernardo Aispuru apelaron la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, destacando la afectación de derechos previsionales y la necesidad de restituir la movilidad de las jubilaciones.
¿Quién es el actor?
Herederos de Domingo Bernardo Aispuru
¿A quién se demanda?
Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad de los artículos 41 y 43 de la Ley n° 15.008, reclamando la movilidad de las prestaciones jubilatorias.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41, se rechaza la del artículo 43 y se hace lugar a la excepción de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La movilidad de los haberes de los jubilados del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha sido cuestionada en numerosos juicios, evidenciando una regresión en sus derechos. La aplicación del artículo 41 de la Ley n° 15.008 ha provocado una disminución significativa en los haberes, afectando la proporcionalidad entre los ingresos de los activos y los pasivos." "La ley 15.008 ha sido derogada por la Ley n° 15.514, que busca restituir y ampliar los derechos de los jubilados, garantizando una movilidad acorde a los salarios de los activos." "La tutela judicial debe ser efectiva para proteger los derechos de los jubilados, en especial en un contexto de crisis y vulnerabilidad."
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