GREGNOLI SILVIA ESTELA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION
Silvia Estela Gregnoli demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires solicitando la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley n° 15.008. La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley y ordenando el pago de haberes adeudados.
Actor: Silvia Estela Gregnoli Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley n° 15.008 y reconocimiento del derecho a percibir pensión conforme a la variación del salario del personal activo. Decisión: Se confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y se ordenó el pago de haberes adeudados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La situación vinculada con la movilidad que se aplica a los jubilados del Banco Provincia a partir de la vigencia de la Ley n° 15.008 ha sido cuestionada de modo incesante, en numerosa cantidad de juicios individuales, pero también en acciones colectivas." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso." "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja."
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