GRADICHE FACUNDO DOMINGO NICOLAS C/ MIGLIAVACA CRHISTIAN FERNANDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El demandado apeló la nulidad de actuaciones por vencimiento de plazo en un proceso de daños y perjuicios. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el plazo para ratificar la gestión había vencido, resultando en la nulidad automática de las actuaciones.
Actor: Facundo Domingo Nicolás Gradiche Demandado: Christian Fernando Migliavacca Objeto: Nulidad de actuaciones por vencimiento de plazo en la representación del demandado. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la nulidad de las actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El cómputo se inicia con el acto de postulación en que se invoca la gestión, no con el proveído que lo recepta, y la falta de ratificación dentro del término acarrea nulidad de pleno derecho." "La consecuencia derivada del incumplimiento o cumplimiento tardío de dicha ratificación es la ineficacia automática de lo actuado, sin necesidad de intimación." "La interpretación propiciada por el Juez de grado restaura el equilibrio: permite el obrar urgente, pero exige que la falta de poder sea rápidamente saneada, bajo sanción de ineficacia."
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