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GORIZ VALENZUELA SOFIA VERONICA C/ FALABELLA S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto y cobro de indemnización. El Tribunal de Trabajo Nº 1 de San Isidro hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la existencia de un vínculo laboral directo con Falabella S.A. y la responsabilidad solidaria de ambas demandadas.

Despido indirecto Indemnizacion Relacion laboral Intermediacion fraudulenta Falabella s.a. Solucion eventual s.a. Ley de contrato de trabajo Responsabilidad solidaria Tribunal del trabajo Provincia de buenos aires

Actor: SOFIA VERONICA GORIZ VALENZUELA Demandado: FALABELLA S.A.; SOLUCION EVENTUAL S.A. Objeto: Cobro de indemnización por despido indirecto. Decisión: Se declaró la existencia de un vínculo laboral directo con Falabella S.A. y se hizo lugar a la demanda en parte, condenando a ambas demandadas a pagar indemnizaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La celebración de contratos 'eventuales' está contemplada como excepción para supuestos que determina la propia normativa legal: necesidades extraordinarias y/o transitorias de la empresa usuaria... En el caso, la demandada SOLUCION EVENTUAL no acompañó el contrato de trabajo eventual por escrito... Se concluye que se configuró un supuesto de intermediación fraudulenta y que la titular de la relación laboral fue Falabella S.A." "Se da en autos un desplazamiento al art. 29 bis LCT al no acreditarse la eventualidad de las tareas y se entiende celebrado en forma directa por la empresa usuaria." "Ambas co-demandadas resultan solidariamente responsables en los términos del art. 29 de la LCT, debiendo abonar a la parte actora la suma de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 44/100 ($10.368.534,44)."

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