ALLENDE CAROLINA ANDREA Y ALLENDE CANDELA SOLEDAD C/ (INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA
Las demandantes promovieron un incidente de ejecución de sentencia contra ICBC Argentina por el cobro de una suma adeudada. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y determinó que las costas deben ser soportadas por el demandado, dado su allanamiento tardío.
Actor: ALLENDE CAROLINA ANDREA; ALLENDE CANDELA SOLEDAD Demandado: INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ICBC ARGENTINA) Objeto: Ejecución de sentencia por el pago de $2.318.237,95. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago total de la suma adeudada y se impusieron las costas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiéndose presentado la parte demandada en fecha 20/03/2025, allanándose a la demanda y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del término legal... corresponde mandar llevar adelante la ejecución." "La única posibilidad de que quien se allana obtenga la eximición de costas es que su reconocimiento reúna los requisitos del art. 70 del C.P.C... la mora incurrida en el pago de capital dio lugar a la promoción de la presente ejecución." "Por lo tanto las costas serán soportadas por la parte demandada, ya que a su respecto no encuentro mérito para apartarme del criterio objetivo que consagra el art.68 y 70 del Cód.Procesal."
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