E. P. S. C/S. D. J. Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal rechazó la demanda, considerando que la culpa del accidente fue del propio actor al invadir el carril contrario.
Actor: P. S. E. Demandado: D. J. S.; L. N. O.; Liderar Compañía General de Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se rechazó la demanda promovida por el actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte actora si bien acreditó la relación causal, no demostró la responsabilidad de la demandada en este infortunio. Todo lo contrario, de la declaración del testigo H. D. B. se desprende que la parte actora habría sido quien invadió la mano contraria en una curva al pretender adelantar un segundo vehículo generando el evento dañoso."
"El obrar de P. S. E. -es decir de la propia víctima
- la causa determinante y exclusiva del siniestro, el cual reviste entidad suficiente como para quebrar totalmente el nexo causal que la ley presume entre el riesgo o vicio de la cosa y el perjuicio ocasionado."
"No existe prueba alguna que permita presumir que el codemandado D. J. S., conductor del camión, haya obrado negligentemente, ni mucho menos que haya sido el responsable del accidente que motiva el presente reclamo."
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