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BRUNO CRISTIAN ANDRES JOSE C/ BANCO SANTANDER RIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL (EXC. ESTADO) Y NULIDAD DE ACTO JURIDICO

Cristián Andrés José Bruno demandó al Banco Santander Río S.A. por daños y perjuicios derivados de transferencias no autorizadas. El tribunal declaró la inexistencia de las transferencias y condenó al banco a restituir el monto total más daños morales y punitivos.

Danos y perjuicios Responsabilidad objetiva Phishing Seguridad bancaria Ley de defensa del consumidor Transferencias no autorizadas Dano moral Dano punitivo Inexistencia de actos Ciberseguridad

Actor: Cristián Andrés José Bruno Demandado: Banco Santander Río S.A. Objeto: Restitución de $245.000 por transferencias no autorizadas, daños morales y punitivos. Decisión: Se declaró la inexistencia de las transferencias y se condenó al banco a pagar $1.745.000 más una canasta básica total.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El banco demandado adolecía de graves fallas en materia de seguridad, generadoras de la aplicación de una multa por la Secretaría de Comercio de la Nación; apuntó incumplidas diversas Comunicaciones del Banco Central de la República Argentina." "La responsabilidad del banco es objetiva, razón por la cual responde más allá de su culpa, por lo que el hecho de que el banco demandado hubiera cumplido con la normativa del B.C.R.A. deviene irrelevante para exonerarlo de responsabilidad si razonablemente pudo tomar recaudos mayores." "Se concluye que el obrar de Cristián Andrés José Bruno en el proceso de la estafa realizada es insuficiente para exonerar de responsabilidad al 'Banco Santander Río S.A.' en lo que atañe al vaciamiento de la cuenta sueldo del primero."

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