GIMENEZ MATIAS EZEQUIEL C/ GRIGOLI MARIA GABRIELA S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente. La Cámara de Apelaciones revocó la caducidad de instancia decretada por el juez de primera instancia, argumentando que no se configuró un desinterés notorio por parte del actor.
Actor: Giménez Matías Ezequiel Demandado: Grigoli María Gabriela Objeto: Indemnización por daños y perjuicios Decisión: Se revocó la caducidad de instancia decretada por el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un instituto de carácter excepcional, cuya aplicación debe ser restrictiva. En este caso, la actividad procesal no se puede imputar al actor, dado que el tribunal no cumplió con su deber de fijar una nueva audiencia tras la suspensión." "Decretar la caducidad de instancia importaría atentar contra las garantías del derecho de defensa en juicio, debido proceso y economía procesal." "El principio de interpretación rector en la materia tiende a mantener vivo el proceso y limitar la aplicación del instituto a aquellos casos en los que se demuestre un desinterés notorio y efectivo de la parte para continuar con el trámite."
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