Incidente Nº 1 - DENUNCIADO: JABBAZ, JOSÉ EZEQUIEL Y OTROS s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
Se elevó una incidencia para dirimir un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados en relación a maniobras de lavado de activos. La Cámara Criminal y Correccional Federal resolvió declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9.
Actor: No se especifica un actor demandante. Demandado: Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9. Objeto: Conflicto negativo de competencia en un caso de lavado de activos. Decisión: Se declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Entiendo que la prosecución de la investigación debe quedar a cargo del juzgado en lo penal económico con competencia específica en la materia, pues exclusivamente se encontraría comprendido el orden económico y financiero."
"De la lectura del expediente no surgen -de momento
- particularidades concretas de la maniobra investigada que permitan inferir la afectación de bienes jurídicos tutelados que habiliten la intervención de este fuero en los términos del artículo 33 del CPPN."
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