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El demandante apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria a favor de su hija menor. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el apelante no probó su situación económica y que la cuota era razonable.

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Actor: F. V. F. Demandado: F. D. S. T. Objeto: Cuota alimentaria para la hija menor. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que establece la cuota alimentaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia definitiva dictada en la instancia de grado... condenó al demandado... a abonar a favor de la menor una cuota alimentaria ordinaria mensual, anticipada y sucesiva, consistente en el 150% del sueldo mínimo, vital y móvil." "El demandado no ha acreditado en la causa la existencia de una cuota alimentaria definitiva... lo que tuvo acogida por la magistrada con fecha 15/06/2023, sin que en dicho expediente se hubiese arribado a una sentencia definitiva..." "El retroactivo debe calcularse de modo que no desaliente la responsabilidad alimentaria... la solución elegida resulta razonable y se encuentra dentro del marco de discrecionalidad prudencial del juez de familia."

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