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VIAL BALCARCE S.R.L. C/ EDIFICIOS UPSALAIN S.A. S/ COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES

Vial Balcarce S.R.L. apeló la sentencia que decretó la caducidad de instancia en un cobro sumario. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que la actora incurrió en inactividad procesal y que la caducidad fue procedente.

Recurso de apelacion Caducidad de instancia Inactividad procesal Cobro sumario Contratos civiles Acumulacion de procesos Principio dispositivo Juzgamiento independiente Costas de alzada Sentencia confirmada

Actor: VIAL BALCARCE S.R.L. Demandado: EDIFICIOS UPSALAIN S.A. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero y cumplimiento de contratos civiles y comerciales. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de caducidad de instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La perención de la instancia es un arbitrio instituido por el legislador no sólo para sancionar la inacción de los litigantes... el juez se encuentra habilitado a decretar -aún de oficio
- la caducidad de la instancia (art. 315, 316 del CPCC)." "La recurrente no cuestionó que... transcurrió dicho período desde la realización del último acto de impulso que tomó en consideración el magistrado." "La acumulación de procesos no obsta la procedencia de la caducidad... cada decisión se fundó en las intimaciones previas cursadas en cada expediente y en la inactividad evaluada de manera individual."

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